CONSULTA EN EL ISTMO DE TEHUANTEPEC, GRAVE SIMULACIÓN DEL ESTADO MEXICANO.

  • Exigimos al Estado Mexicano garantizar el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas del Istmo de Tehuantepec.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha convocado en días recientes a las autoridades e instituciones representativas de los municipios y las comunidades indígenas pertenecientes a los pueblos indígenas Binnizá (Zapoteco), Ayuuk (Mixe), Zoque, Ikoots (Huave), Chontal, Chinanteco, Mazateco, Mixteco, Popoluca y Náhuatl asentados en el Istmo de Tehuantepec a participar en lo que ha denominado “Asambleas Regionales Consultivas” sobre el “Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec”, comunicando que las mismas se realizarán los días 30 y 31 de marzo del año en curso, en las sedes y fechas que se especifican en dicha Convocatoria, al respecto, las organizaciones firmantes:

1.-Rechazamos enérgicamente la realización de asambleas de consulta como ejercicios de simulación, pues no se apegan a los estándares internacionales establecidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los comentarios y recomendaciones generales emanados del sistema universal de derechos humanos.

2.-Solicitamos que la información sobre proyectos de desarrollo que afecten tierras indígenas, sea objetiva, completa, actualizada, técnica y culturalmente accesible, incluidas las repercusiones sobre la  vida y entorno de las comunidades así como  estudios sobre el impacto ambiental y social a fin de que se puedan conocer todas las consecuencias que cabe prever y que los pueblos indígenas interesados puedan adoptar decisiones libres e informadas, proporcionando la información en las primeras etapas de la consulta, con el tiempo suficiente  de entender las conclusiones de los estudios para así poder presentar sus observaciones.

3.- Reafirmamos que la etapa deliberativa es el proceso de discusión interno de la comunidad o pueblo indígena, sin la intervención de las autoridades del Estado mexicano, en donde los pueblos indígenas determinan la duración del periodo deliberativo y analizan la información proporcionada y, con base en ella, entablan diálogos y ejercicios participativos que permitan llegar a una decisión conjunta sobre sus posiciones con relación al objeto de la consulta.

4.- Precisamos que a partir de instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, los Estados están obligados a obtener el consentimiento en los procesos de consulta cuando se trate de proyectos de desarrollo de gran impacto. El consentimiento libre, previo e informado es esencial para los derechos humanos de los pueblos indígenas y es la piedra angular del derecho a la consulta, separar el concepto de consulta del concepto de consentimiento provoca que la consulta se convierta en una herramienta de participación y no de libre determinación. La CIDH ha dicho expresamente que los proyectos de desarrollo a gran escala requieren no solo la consulta sino el consentimiento de las comunidades o pueblos que habitan el territorio en donde se pretende realizar el proyecto, alude incluso al deber de los Estados de cancelar los planes o proyectos a partir de los resultados que se obtengan de la consulta.

5.- Nos preocupa que el Estado Mexicano ignore la Nota Técnica sobre la obligación de consulta que recientemente ha enviado la Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, en donde se reafirma que “La consulta indígena no debe entenderse como un simple proceso de socialización sobre decisiones previamente tomadas por el Estado, sino como un proceso de diálogo horizontal con el fin de llegar a un acuerdo o consentimiento respecto a la medida, teniendo en cuenta los derechos de los pueblos indígenas que podrían resultar afectados.”

6.-Los procesos de consulta indígena no son un solo acto puntual, sino que deben realizarse en todas las fases de planeación e implementación; observamos y denunciamos la violación al carácter previo de la consulta y el consentimiento, pues se informó en diciembre de 2018 al presentar el proyecto en referencia que estaban ya contempladas inversiones para este proyecto del Istmo de Tehuantepec, lo que confirma que las asambleas regionales consultivas son una simple formalidad para proyectos que ya han comenzado a implementarse.

7.-Exigimos al Estado mexicano reconocer y proteger el derecho al territorio de los pueblos indígenas, estableciendo las garantías efectivas para el ejercicio de su autodeterminación y autonomía y su derecho a definir sus prioridades de desarrollo, así como garantizar la autodeterminación de los pueblos y comunidades indígenas y obtener su consentimiento previo, libre e informado durante la planeación e implementación de proyectos que les afecten.

8.- Exigimos se respete durante el ejercicio de las consultas, los tiempos, usos, costumbres y formas de toma de decisión de las comunidades, así como sus instancias representativas, definidas por ellas mismas y solicitamos al Estado se abstenga de acelerar estos procesos con el fin de legitimar con ejercicios de simulación los proyectos de desarrollo construidos al margen de las comunidades.

9.- Repudiamos que los proyectos gubernamentales intenten imponerse bajo “consultas” que no cumplen con la normatividad nacional e internacional, y que dichos procedimientos se estén convirtiendo en el modelo a seguir para proyectos de despojo a los pueblos y comunidades indígenas, para garantizar el derecho a la consulta, éstas deben ser previas, libres, informadas, culturalmente adecuadas y de buena fe. Cualquier ejercicio que se aleje de lo establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo del que México es firmante, será una simulación.

Por lo anterior, quienes firmamos este pronunciamiento, nos sumamos a la voz de los pueblos indígenas de la región del Istmo de Tehuantepec en la exigencia al respeto pleno de sus derechos colectivos, al mismo tiempo exigimos al Estado mexicano detener la violación sistemática del derecho a la consulta de los pueblos y comunidades indígenas en todo el país.

PORQUE SON NUESTRA FUENTE DE VIDA, DEFENDAMOS NUESTROS TERRITORIOS

Centro de Estudios de la Región Cuicateca CEREC; Monapaküy-organización comunitaria de San Mateo del Mar; Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuantepec A. C.; Enlace Comunicación y Capacitación A.C.; Organizaciones Indias por los Derechos Humanos OIDHO; Movimiento Agrario Indígena Zapatista MAIZ; Colectivo Oaxaqueño en Defensa de los Territorios: Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, Centro Prodh A.C.; Centro de Derechos Indígenas Flor y Canto A.C.; Servicios del Pueblo Mixe SER A.C.; Servicios para una Educación Alternativa A.C. EDUCA; Tequio Jurídico A.C.; Unión de Organizaciones de la Sierra Juárez de Oaxaca UNOSJO S.C.

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