Artículo de opinión: Tequio Jurídico A.C.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 12 de agosto del 2019.
Durante sus primeros ocho meses el gobierno de la 4T, se ha caracterizado por impulsar diversos instrumentos de participación ciudadana como: consultas ciudadanas, consultas populares y las consultas indígenas, para justificar el nuevo rostro del cambio que anunció en la toma de posesión el actual ejecutivo en apoyar a los pueblos indígenas y a los más necesitados.
En la realidad; estos derechos fundamentales de los pueblos indígenas como el derecho a la consulta, consentimiento, libre previo e informado, ha sido seriamente cuestionado por académicos, organizaciones de derechos humanos y activistas, porque se ha traducido en una violación sistemática a los derechos humanos fundamentales de los pueblos indígenas, convirtiendo éste derecho en un instrumento jurídico del estado y las empresas para legitimar y legalizar el despojo de los territorios indígenas y justificar la imposición de proyectos extractivos.
Algunas consultas que han sido cuestionadas por violentar los derechos humanos son: aeropuerto en la ciudad de México[1], la termoeléctrica de Huexca, donde después de la visita del Presidente de la Republica Andrés Manuel López Obrador (AMLO) fue asesinado el defensor de derechos humanos Samir Flores Soberanes[2], el Tren Maya[3], la consulta del Istmo – Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec[4]. Los cuestionamientos de organizaciones de Derechos Humanos y la propia Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)[5] dejan claro que las “consultas” no están respetando los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas a la consulta indígena, como lo establece el Convenio 169 de la OIT.
A estos cuestionamientos sobre las consultas realizadas en México, se han sumado voces como el de la relatora especial de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Victoria Tauli-Corpuz, quien en su informe detalla que las actuales políticas del desarrollo basadas en megaproyectos extractivos, energéticos, turísticos, inmobiliarios y de agricultura constituyen “un reto mayúsculo” para los derechos humanos de los pueblos indígenas.
Según el informe, las consultas que se han llevado a cabo para estos megaproyectos desde la visita del anterior relator de la ONU, Rodolfo Stavenhagen (en 2003) han incumplido los estándares internacionales de derechos humanos a los que México se ha comprometido: que sean previas, libres, informadas, culturalmente adecuadas y de buena fe.
Nuestro trabajo con pueblos indígenas chontales en la defensa de su territorio frente a proyectos mineros, nos permite ver críticamente la forma en cómo el gobierno federal está implementando la consulta, es preocupante que después de serios cuestionamientos, análisis y recomendaciones sobre del derecho a la consulta, consentimiento, libre, previo e informado, estos vicios en la consulta se sigue repitiendo de manera reiterada. El gobierno de la 4T, no sabe escuchar a otros sectores que piensan diferente.
Uno de los derechos que se transgreden dentro de la implementación del proceso de consulta, es el derecho a la autonomía y la libre determinación, entendido este como la forma en que los propios pueblos y comunidades indígenas toman sus propias decisiones sobre su existencia, sus formas de vida y el cuidado de su territorio frente al Estado y los proyectos de muerte que quieren imponerse. No es extraño que este derecho, es el mismo que ha sido negado históricamente por el Estado a los pueblos y comunidades indígenas.
En uso de la autonomía y libre determinación, los pueblos y comunidades indígenas de Oaxaca, han declarado sus territorios prohibidos para la minería porque ataca su tierra, medios de vida, su existencia misma. Siguen implementando instrumentos jurídicos para protegerse como los Reglamentos Internos o Estatutos Comunales. Lo más importante, siguen viviendo y sintiendo el territorio.
El derecho a la consulta indígena producto de la resistencia, se está convirtiendo en bandera del actual gobierno para justificar su acercamiento con los pueblos, acompañado del uso folclórico de símbolos, espacios y prácticas ancestrales. La propuesta de reforma constitucional y legal que promueve el INPI en sus foros regionales, sin tocar bienes considerados estratégicos para la nación, son una simulación más. Aprobarse una reforma en esos términos, significaría fortalecer el estado de derecho para seguir atacando el territorio de las comunidades y los pueblos indígenas, no para protegerlos.
Una reforma constitucional que excluya el derecho a la libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas, como forma de control de los pueblos sobre su territorio, convertiría al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), en parte de la ingeniería de los conflictos, al hacer uso perverso del derecho, tal como ha ocurrido en las diversas “consultas” realizadas, ajenas a los estándares internacionales que establece el Convenio 169 de la OIT.
Lamentamos que el gobierno se apropie de nuestros pensamientos, saberes, de nuestros nuestros lenguajes y de las formas de organización. Condenamos que se usen nuestras instituciones para seguir reprimiendo al pueblo. Nos indigna que nuestros propios hermanos y hermanas indígenas se dejen utilizar para someternos y hacernos creer que la consulta y una reforma constitucional salvarán la deuda pendiente que el estado nos tiene.
La reforma Constitucional en materia indígena, no garantizará la deuda histórica que tiene el Estado con los Pueblos y Comunidades Indígenas, bastaría que el Estado y las Instituciones Públicas, los organismo de Procuración e Impartición de Justicia sean coherentes y respeten los derechos humanos y desde luego los derechos de los pueblos indígenas, reconocidos en la Constitución y en los Convenios y Tratados Internacionales firmados y ratificados por el Gobierno Mexicano.
Los ensayos de consulta se han traducido en reuniones o foros de información en donde los pueblos indígenas no están presentes, considerando que una de las instituciones fundamentales son precisamente las asambleas, donde se debaten temas de transcendencia; en este sentido, las reuniones y foros de información con representantes que fueron convocados porque se le iba a recibir sus solicitudes para futuros apoyos, como sucedió con algunas comunidades chontales[6], se volvieron espacios de legitimación de una reforma, cuyos temas y criterios no fueron discutidos a profundidad.
Esta práctica de consulta, nos pone frente a un panorama delicado con relación a otras medidas administrativas y legislativas. Se están anunciando consultas para reformar la “Ley de Aguas Nacionales”, será que el INPI se asuma garante de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, cuando es uno de los actores responsables de consultas que han sido calificadas como simulación, amañadas o legitimadoras de proyectos.
Nos preguntamos cual será el papel que hará el comité de expertos, alzarán su voz en favor de los pueblos y comunidades indígenas o serán instrumento de estado para fortalecer la simulación, así como decirnos que nos reconocen la libre determinación, pero tratándose de territorios indígenas, esta protección no nos alcanza, porque resulta que son bienes estratégicos y eso le corresponde a la nación, como si nosotros no fuéramos parte de ella.
Existe una confrontación legal entre el convenio 169 de la OIT y el artículo 27 constitucional que se debe atender. El convenio reconoce el derecho a la tierra y al territorio[7] a los pueblos y comunidades indígenas, es decir, lo que cubre la totalidad del hábitat[8] de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera, esto incluye el suelo y subsuelo, lo que el gobierno defiende como recursos estratégicos y da en concesiones a la inversión privada, como los minerales. Por su parte el artículo 27 de la constitución, reconoce que esos “recursos naturales” son propiedad de la Nación, generando una tensión legal.
En tiempos de la 4 Transformación abundan infinidad de preguntas ¿De verdad el Gobierno y las fuerzas políticas reconocerán plenamente los derechos de los pueblos indígenas?, o solo legislaran en otros derechos que les implique menor costo y salvar compromiso con el sector empresarial y los poderes fácticos.
¿Cuáles son los intereses que se juegan en la consulta? ¿Quiénes serán los mayores beneficiados, los Pueblos Indígenas o serán puntos a favor de legisladores y funcionarios quienes presentaran la iniciativa?, ¿Qué está pasando entre el Ejecutivo Federal, el INPI y el Congreso de la Unión sobre la reforma constitucional y legal sobre los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos? Mientras el INPI consulta la reforma, el ejecutivo publica un decreto que adiciona un apartado C, al artículo 2 de la constitución, para reconocer lo siguiente:
Esta constitución reconoce a los “pueblos y comunidades afromexicanas cualquiera que sea su autodenominación, como parte de la composición pluricultural de la Nación. Tendrán en lo conducente los derechos señalados en los apartados anteriores del presente artículo en los términos que establezcan las leyes, a fin de garantizar su libre determinación, autonomía, desarrollo e inclusión social”
Vaya, no puede haber mayor burla.
Siendo así, pensamos que el estado no tocará el artículo 27 constitucional, para reconocer el verdadero derecho a los pueblos y comunidades indígenas sobre su territorio. No tocará los privilegios que tienen las empresas extractivas garantizada legalmente mediante concesiones. No reconocerá la libre determinación y la autonomía sobre el territorio indígena, seguirá siendo una reforma simulada y los pueblos indígenas seguirán fomentando el “deporte nacional” o luchando como lo han hecho siempre, incluso, sacrificando su propia vida.
[1] https://elpais.com/internacional/2018/10/23/actualidad/1540328737_866495.html
[2] https://elpais.com/internacional/2019/02/20/mexico/1550686132_881347.html
[3] https://www.pagina66.mx/consulta-previa-sobre-megaproyectos-como-tren-maya-onu/
[4] https://www.eluniversal.com.mx/estados/rechazan-consulta-sobre-programa-de-desarrollo-del-istmo-de-tehuantepec
[5] https://www.eluniversal.com.mx/nacion/sociedad/se-debe-consultar-pueblos-indigenas-sobre-tren-maya-cndh
[6] Pronunciamiento de la escuela agraria para la defensa de nuestro territorio respecto a los procesos de consulta en el territorio chontal.
[7] Artículo 13, 2.- La utilización del término “tierras” en los artículos 15 y 16 deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera.
[8] Artículo 15 punto 1.- Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos compren den el derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos.